Al ser un Centro de menos de 12 unidades las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica las asume el Claustro de Profesores. Sus competencias son las siguientes:
a) Establecer las directrices generales para la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa.
b) Coordinar la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa y su posible modificación.
c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del Plan de acción tutorial, y elevar al Consejo Escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.
d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.
e) Asegurar la coherencia entre el Proyecto educativo de centro, los Proyectos curriculares de etapa y la Programación General anual.
f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los Proyectos curriculares de etapa. g) Proponer la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con el Director. Sus reuniones coincidirán con las del Claustro.
El personal docente del colegio lo forman 10 maestros y maestras. Según catálogo la dotación de puestos de trabajo es:
Especialidades
E. Infantil
E. Primaria
EF
MU
FI
PT
AL
TOTAL
Puestos
2
2
1
1*
1
1*
1*
9+ 1 (Religión)
Definitivos
2
2
1
1
1
1
1
9+1 (Religión)
Interinos
0
0
0
0
0
0
0
0
TOTAL
2
2
1
1
1
1
1
9
Los puestos marcados con * son itinerantes.
Música itinera a Puebla de la Calzadan (6km) 1 día completo (miércoles )
Pedagogía Terapéutica itinera a Torremayor (15 km)
Audición y Lenguaje itinera a Torremayor (15km)
Claustro de Profesores Curso
El Claustro de Profesores.
El Claustro de Profesores es el órgano de participación de los maestros en el centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos docentes del mismo. El Claustro será presidido por el Director y estará integrado por todos los maestros que presten servicios docentes en el centro.
Son competencias del Claustro:
a) Elevar al equipo directivo propuestas para la elaboración del Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual. b) Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos. c) Aprobar los aspectos docentes de la Programación General anual del centro e informar ésta antes de su presentación al Consejo Escolar. d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica. e) Elaborar el Plan de Formación del profesorado del centro. f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar y en el Consejo del Centro de profesores. g) Conocer las candidaturas a la Dirección y los programas presentados por los candidatos. h) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos. i) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación. j) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los maestros. k) Analizar y valorar trimestralmente la marcha general y la situación económica del centro. l) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones. ll) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. m) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo.
El Claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. En todo caso, será preceptivo, además, una sesión de Claustro al principio del curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro será obligatoria para todos los miembros.